Entorno

El TC levanta la suspensión sobre la regulación de profesiones deportivas en Catalunya

Palco23

14 jul 2016 - 15:00

El día a día de los profesionales del deporte en Catalunya dejará de estar envuelto de tanta incertidumbre. el Tribunal Constitucional (TC) ha decidido levantar la suspensión cautelar que aplicó a determinados artículos de la Ley Catalana de Ejercicio de Profesiones del Deporte, entre ellos el que establecía el funcionamiento del Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Catalunya (Ropec).

 

En concreto, según ha informado la Generalitat, queda sin efecto la suspensión de los apartados impugnados del artículo 6, de manera que los dinamizadores polideportivos y los monitores de modalidad de iniciación se podrán inscribir en el citado registro, mientras que los monitores polideportivos (tanto los dinamizadores como los alumnos de Grado), lo podrán hacer de oficio.

 

En cuanto al artículo 8, y a partir del auto, las federaciones podrán certificar las personas con formación y experiencia contrastada en el ámbito deportivo, que podrán ser inscritos en el Ropec. Se levanta también la suspensión del artículo 9, lo que permitirá registrar como monitores deportivos los titulados de grado profesional de danza. También se deja sin efecto la suspensión del artículo 11, que permitirá certificar las personas con formación y experiencia en el ámbito del socorrismo acuático en piscinas.

 

Por el contrario, el Alto Tribunal sí ha prorrogado la suspensión cautelar que acordó en marzo sobre el precepto de esta ley que permitía al Ejecutivo autonómico firmar convenios deportivos internacionales. "El levantamiento de la suspensión ocasionaría perjuicios de imposible o difícil reparación para el interés general en las relaciones internacionales y la política exterior de España", argumenta el TC sobre esta decisión provisional, como las anteriores, a la espera de que se pronuncie sobre el fondo de la cuestión.

 

El procedimiento se inició en marzo, cuando el Consejo de Ministros presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa aprobada por el Parlamento catalán, al considerar que en muchos casos se ponía en riesgo la unidad de mercado.