Competiciones

La Cnmc cuestiona el amparo legal del canal 24/7 de LaLiga para el negocio internacional

Un informe no vinculante del regulador de la competencia entiende que la producción y explotación de contenidos al margen de los partidos “no parecen encontrarse amparadas por las previsiones de la norma legal”.

Palco23

2 may 2019 - 17:05

La Cnmc cuestiona la titularidad del canal 24/7 de LaLiga para el negocio internacional

 

 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (Cnmc) abre un nuevo frente en torno a los derechos audiovisuales del fútbol. El regulador ha emitido un informe en el que señala que los contenidos creados por LaLiga para dar forma a un canal internacional para los broadcasters “no parecen encontrarse amparadas por las previsiones de la norma legal”. Se trata de un informe no vinculante, pero que puede acabar convirtiéndose en un nuevo elemento de pugna entre la asociación y algunos clubes, como el Real Madrid, que han sido más críticos con la gestión del negocio audiovisual.

 

Por su parte, fuentes próximas a la organización presidida por Javier Tebas indican que “el informe no es vinculante y es contradictorio con informes anteriores de la propia Cnmc”, ya que por ejemplo no se ha cuestionado nunca la creación de un canal propio para el segmento de establecimientos públicos, donde serían igualmente necesarios los contenidos adicionales a los partidos para confeccionar una programación que ocupe las 24 horas del día.

 

En este punto, las fuentes consultadas indican que “el informe entra a valorar cuestiones que no son objeto” del mismo de forma “sorprendente”  y sin petición expresa. “Son valoraciones que son contradictorias con  otras anteriores de la propia Cnmc”, añaden. “Debiera haberse limitado a examinar si LaLiga cumple una serie de manifestaciones que, además de ser incorrectas, vienen a contradecir lo indicado en informes recientes de la Cnmc”, critica.

 

 

 

 

 

La patronal desarrolla desde hace más de una temporada programas semanales de resúmenes y reportajes, como La Liga World o La Liga Show, así como programas anuales de inicio y fin de temporada y al menos siete especiales, dos de ellos sobre El Clásico. El coste es asumido por la asociación esencialmente, que considera que de esta forma puede dar mucho más valor a sus derechos en el extranjero y sigue la línea de otras competiciones como la Premier League. Como muestra, en el ciclo 2019-2024 se ha asegurado un mínimo de 4.485 millones de euros por estos contratos, un 30% más.

 

La Cnmc no pide ninguna modificación, pero sí apunta que “sería deseable especificar de manera más precisa los derechos objeto de comercialización”, puesto que en los pliegos para los concursos fuera de la Unión Europea incluyen una “definición amplia” que “no permite determinar con claridad cuáles son los contenidos efectivamente objeto de comercialización”.

 

Eso sí, recuerda que es propiedad de los clubes todo aquel contenido que vaya más allá de “los eventos que se desarrollen en el terreno de juego, incluyendo las zonas del recinto deportivo visibles desde el mismo, desde los dos minutos anteriores a la hora prevista para el inicio del acontecimiento deportivo hasta el minuto siguiente a su conclusión”.

 

Ahora bien, cabe recordar que esos programas complementarios son de obligada emisión por parte de los operadores de televisión y son una parte clave del aumento del valor de los derechos, que directamente repercute en lo que recibe cada club por sus retransmisiones. De no ser por estas producciones, las horas de visibilidad del fútbol español serían muy inferiores, pues se limitarían a los partidos en directo.

 

Por otro lado, la Cnmc insiste en que los contratos deberían limitarse a tres años en el resto del mundo y no a cinco como en la actualidad, extremo descartado por LaLiga. En su argumentario, la competición sostiene que acuerdos a largo plazo garantizan un mayor retorno de la inversión para los operadores, de manera que también pueden estar dispuestos a pagar más por los contenidos. Además, señalan que los órganos de la competencia de la Unión Europea han autorizado contratos de cuatro años en licitaciones de Bundesliga o Ligue-1.

 

“Sería conveniente fijar expresamente el régimen de exclusividad establecido para cada grupo de países y, en concreto, para América, Asia y Oceanía y Medio Oriente y Norte de África”, añade. Y propone que “sería deseable que las condiciones de comercialización contuvieran una mayor profusión y claridad respecto la existencia de un anuncio de apertura del procedimiento con la mayor difusión posible y un sistema de consultas con los potenciales licitadores.