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Competencia expedienta a Canal+Liga por anunciar cervezas fuera de horas

Palco23

17 feb 2016 - 11:23

La Liga va camino de tener un nuevo problema a nivel comercial por las investigaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El ente regulador ha anunciado la apertura de un expediente sancionador a Telefónica "tras detectar la emisión de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a 20 grados, fuera de la franja horaria comprendida entre las 20:30 y las 06:00 del día siguiente".

 

En otras palabras, por emitir anuncios de Mahou o cualquier otra compañía cervecera durante los descansos de los partidos de Primera División en los momentos previos y posteriores, principalmente. Aunque la compañía cervecera promociona su línea Mahou Sin, lo cierto es que la legislación española otorga esta categoría a aquellas referencias que tienen menos de un 1% de alcohol, ya que resulta imposible eliminar totalmente el alcohol.

 

La CNMC considera que las infracciones, que tuvieron lugar entre octubre y noviembre de 2015, son "de carácter grave", pero que "la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación". Está por ver hasta qué punto se restringiría esta actividad, ya que  la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual establece que, si bien “está prohibida la comunicación comercial que fomente comportamientos nocivos para la salud”, este tipo de comunicaciones sí están permitidas siempre que "esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir".

 

En este sentido, cabe recordar que en los pliegos para adjudicar sus retransmisiones en España, La Liga establece que los adjudicatarios están obligados a reservarle cuatro espacios de veinte segundos durante los partidos (sea en directo o diferido), así como a insertar el logo de uno de sus patrocinadores oficiales en las cortinillas previas y posteriores a las repeticiones, así como en la imagen del reloj, el resultado y las estadísticas.

 

El grupo de telecomunicaciones dispone ahora de un plazo de quince días para presentar alegaciones, mientras que la CNMC se otorga un período de seis meses para acabar de instruir el expediente y decidir si impone una sanción económica a Movistar+ por este motivo.