Entorno

Neymar también litiga en Bruselas para defender su marca personal

El defensaque está impidiendo al futbolista desarrollar su marca sin problemas es Carlos Morera, un empresario portugués que en 2012 decidió registrar la marca Neymar para determinados artículos deportivos. El caso ha llegado al Tribunal General de la UE.

Marc Menchén

2 may 2018 - 05:00

Neymar también litiga en Bruselas para defender su marca personal

 

 

Messi no es el único deportista que ha tenido que llegar hasta el Tribunal General de la Unión Europea (Tgue) para defender su marca comercial. Neymar lleva cinco años batallando en los juzgados para poder usar libremente su nombre como enseña con la que vender merchandisingpropio, algo que aún no puede hacer al 100% por una lambrettalegal de Carlos Morera, un ciudadano portugués que registró el nombre del delantero brasileño como marca comercial a finales de 2012, meses antes de que el FC Barcelona hiciera oficial su fichaje.

 

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo) aceptó en 2013 la solicitud de registro de Morera, pero en 2017, cuando el futbolista aún militaba en el FC Barcelona, dio la razón a NeymarDa Silva Santos Júnior, que defendía una serie de argumentos similares a los expuestos por Messi y que finalmente le han valido para poder usar su marca sin problemas. Y el problema podría ir más allá, puesto que al registro en Europa le siguieron solicitudes en Brasil, China, Colombia, India, Corea, México, Rusia, Turquía y Estados Unidos.

 

De momento, el empresario portugués el que ha interpuesto un recurso de nulidad en el Tgue, fechado en noviembre de 2017 y que aún no se ha resuelto por parte de la Justicia; debe demostrar que la Euipo se equivoca al concluir que su único objetivo fue obstaculizar el desarrollo de la marca del delantero y sacar beneficio económico del mismo. En su defensa, señala que se está infringiendo el artículo 8 del Reglamento 207/2009 sobre la marca comunitaria. El mismo señala, en su segundo apartado, que se denegará el registro a “las marcas cuya fecha de presentación de la solicitud sea anterior a la de la solicitud de la marca comunitaria, teniendo en cuenta, en su caso, el derecho de prioridad invocado en apoyo de esas marcas”.

 

El caso se remonta a 2012, cuando Morera solicitó el registro de la marca para calzado, prendas de vestir y gorras, tres artículos clave en la estrategia de merchandisingdel futbolista, y que le daban la exclusiva del uso de esa denominación hasta 2022. Por su parte, Neymar puso en marcha el procedimiento de nulidad se inició en febrero de 2016, según ha podido saber Palco23a partir de documentos oficiales.

 

 

 

 

El atleta, que actualmente milita en el Paris Saint-Germain (PSG) y está asesorado por el despacho francés Lavoix, solicitó la nulidad del registro de marca de Morera en febrero de 2016, invocando su derecho anterior al nombre. En su argumentario, señala que, si bien aún no había llegado al fútbol europeo en 2012, se hizo famoso con su propio nombre en 2010, que es el período en el que los expertos consideran que su carrera comenzó. Por lo tanto, en diciembre de 2012 cuando Morera solicitó registrar la marca Neymar ya era sabido que en algún momento querría explotar su propia enseña.

 

Los abogados del atleta consideran que “el titular actuó de mala fe, ya que no podría haber ignorado que Neymar era famoso en la Unión Europea y era codiciado por los mejores clubes europeos de fútbol”. Además, señala que “la denominación Neymarno es habitual en la Unión Europea”, por lo que el titular de la marca sería consciente del daño que estaba causando con “la intención de privar al futbolista de un signo que era necesario para la continuación de sus actividades comerciales”.

 

La argumentación también se soporta en un extenso clippingde prensa con artículos desde 2010 que intentan evidenciar que Neymar ya era conocido en el mundo por su nombre, mientras que las búsquedas sobre Carlos Morera y el nombre del atleta no aportan resultados.

 

Ante esta cascada de datos, la Euipo aceptó las tesis del brasileño y declaró nula la marca registrada por Carlos Morera. En sus conclusiones, asume que los artículos para los que se registró su nombre por un tercero “se encuentran entre los más comunes para generar un gran volumen de ingresos por merchandising” y que es “es una práctica común de futbolistas famosos licenciar su marca a fabricantes de equipamiento deportivo o para desarrollar su propia línea de moda”.

 

 

 

 

De ahí se deriva la reflexión de que los consumidores siempre asumirán que si un producto lleva el nombre de Neymar tendrá algún tipo de relación directa con él, por lo que “no se puede ver cuál podría haber sido la lógica comercial del titular de la EUTM al solicitar la marca impugnada, sino una intención deliberada de crear una asociación con el famoso nombre del solicitante de la cancelación y, por lo tanto, a aprovechar su fuerza atractiva y/o incluso evitar que el solicitante de cancelación ingrese al mercado”.

 

Por el contrario, la persona que ahora reclama retener la marca no supo justificar por qué optó por esa denominación y no por otra para calzado y prendas de vestir. Tampoco supo defender por qué, en paralelo, también solicitaba la propiedad de las marcas Neymar Footwear y NJR Neymar Jr, ambas también en proceso de cancelación a solicitud del futbolista. Y, si bien la división de cancelaciones de la Euipo admite que “no prueba en sí mala fe”, recuerda que este mismo sujeto registró el nombre de Iker Casillas para artículos deportivos, por lo que debía ser conocedor del astro brasileño y evidenciaba reincidencia en el modus operandi.

 

En la actualidad, Neymar tiene un importante negocio comercial asociado a su imagen. En su página web dispone de una tienda online en la que se pueden comprar todo tipo de artículos con su nombre o su rostro, desde camisetas a tazas, pasando por fundas para teléfonos móviles. Además, tiene importantes contratos de patrocinio con marcas como Nike, Red Bull, Gillette, Replay y Beats.

 

 

Otros casos resueltos por Bruselas en torno al deporte


La industria del deporte es una de las más habituales a recurrir a los tribunales por usos ilegítimos de las marcas. El último caso es el de Adidas, que a comienzos de marzo logró un fallo favorable del Tgue sobre su derecho a impedir que cualquier compañía pueda registrar productos que utilicen dos o tres bandas en artículos deportivos. En Estados Unidos, impidió que el Barça registrara un diseño de franjas azulgranas.

 

El conjunto blaugrana tampoco tuvo éxito a la hora de defender la protección de la silueta de su escudo, petición denegada por el Tribunal General de la UE en diciembre de 2015 al considerar que el signo "no permite que los consumidores identifiquen el origen comercial de los productos y servicios".