Competiciones

La Rfef declara ahora competiciones profesionalizadas al fútbol femenino y fútbol sala

El organismo presidido por Luis Rubiales establece una nueva denominación que sólo tendrá validez a nivel interno, ya que la Ley del Deporte no contempla en la actualidad esta categoría. Esta denominación, además, ya estaba contemplada con anterioridad en los estatutos.

Palco23

10 jun 2020 - 18:34

La Rfef declara competiciones profesionales al fútbol femenino y fútbol sala

 

 

La Real Federación Española de Fútbol (Rfef) inventa una nueva denominación para el fútbol sala y el fútbol femenino. El organismo presidido por Luis Rubiales las ha declarado como competiciones profesionalizadas, una categoría que no recoge la actual Ley del Deporte y que sólo figuraba como una posibilidad dentro del borrador con el que trabajaban Gobierno y entidades deportivas para su reforma.

 

Entre las competiciones que tendrán la consideración de profesionalizadas están la Primera y Segunda División de fútbol femenino, Primera y Segunda División de fútbol sala masculino, y Primera División de fútbol sala femenino. Para ello, la Rfef ha modificado sus estatutos, algo que fue posible tras obtener el visto bueno del CSD, que también autorizó al regulador futbolístico a introducir cambios en los estatutos para centralizar sus derechos comerciales.

 

El movimiento se produce después de que la Lnfs y la Primera Iberdrola hubieran solicitado al CSD ser consideradas ligas profesionales, pero no guarda ninguna relación ni la Rfef tiene competencias para ello. "Es un movimiento que genera confusión, pues no hay régimen jurídico que contemple esta opción actualmente y sólo tiene validez a nivel de denominación interna de la Rfef", indican fuentes del sector. 

 

La Ley 10/1990 del Deporte establece en su artículo Artículo 46.1 que "las competiciones deportivas se clasifican como oficiales o no oficiales, y como profesionales o no profesionales". La Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (Acff) ha asegurado en un comnuicado que "no existen las competiciones profesionalizadas, y por lo tanto, hasta que sea calificada por el CSD como competición profesional, las competiciones de fútbol femenino siguen siendo competiciones no profesional".

 

De hecho, el artículo 50 de los estatutos de 2020 ya hablaba de "competiciones consideradas profesionalizadas a los meros efectos internos federativos". Liga Femenina y Lnfs aseguran que prosiguen con la petición al CSD, el único organismo con la potestad de regular el tipo de competiciones. 

 

Según la actual Ley del Deporte, el CSD exige un presupuesto mínimo para poder ser profesional, además de cumplir otra serie de requisitos, entre los que no se encuentra convertirse en sociedades anónimas deportivas (SAD). Para regularlo, en las bases de cada competición habrá unas imposiciones mínimas, dictadas por la Rfef.

 

Según el comunicado de la Rfef, sólo podrán considerarse ligas profesionalizadas “aquellas que reúna condiciones económicas, materiales, profesionales y laborales necesarias”, indica la Rfef en un comunicado. Se trata de una serie de requisitos que ya cumplían todas las ligas afectadas, por lo que la nueva consideración de la Rfef no implica cambios. 

 

“En estas normas se fijarán también las condiciones mínimas de carácter laboral que deberán reunir los participantes, como el presupuesto de los clubes, número mínimo de licencias profesionales, salarios mínimos, dedicación mínima de las y los jugadores…”, indica el comunicado de la federación. Asimismo, se crearán tres comités de competición profesionalizada, uno para cada competición (fútbol femenino, fútbol sala masculino y fútbol sala femenino).