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El TAD deniega la suspensión cautelar del descenso del Elche a Segunda

Palco23

29 jun 2015 - 10:53

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) se pronunciará sobre la validez del descenso administrativo del Elche CF a Segunda División antes del 15 de julio. De  ahí que el organismo dependiente del Consejo Superior de Deportes (CSD) haya decidido no aceptar la suspensión cautelar de la decisión tomada por el juez único de disciplina social de La Liga, como solicitaban en sendos recursos el propio club, pero también algunos accionistas e incluso los jugadores.

 

El Elche tiene ahora la opción de presentar un recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, aunque la resolución al mismo podría llegar incluso después de que el TAD valore el fondo de la cuestión del asunto. Es decir, si la sanción de descenso administrativo que impuso La Liga por reiteración en el incumplimiento de las normas de control económico y los impagos a Hacienda son motivo suficiente.

 

El TAD también recuerda en su auto, avanzado por Iusport, que la alegación de una futura pérdida de ingresos no puede ser tenida en cuenta si no se presenta "prueba alguna", más allá de un informe del departamento financiero del Elche y un certificado de La Liga cuantificando los ingresos por televisión que tendría el club en la nueva categoría.

 

Otro de los argumentos del tribunal deportivo es que la suspensión cautelar podría acabar "generando inseguridad jurídica", ya que el SD Eibar está a la espera de conocer la resolución definitiva de este conflicto para saber si la próxima temporada será o no equipo de Primera División. En este sentido, recuerda que las inscripciones en La Liga están abiertas hasta el 31 de julio, por lo que hasta ese día no tiene por qué haber prisas para fallar.

 

Uno de los argumentos del Elche para lograr la permanencia que sí logró sobre el terreno de juego es que ya ha conseguido ponerse al día con Hacienda y pactar un nuevo calendario de pagos para la deuda pendiente. No obstante, el juez de disciplina social deja claro que el descenso de categoría no se produce sólo por este hecho, sino “al existir reincidencia en su proceder, puesto que ya había sido sancionado la pasada temporada y la presente como consecuencia de la comisión de diferentes infracciones muy graves”. Por ello, también se le impone una multa de 180.303,63 euros.