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El Barça vuelve a perder otro caso de registro de marcas en la UE

Palco23

16 jun 2016 - 19:01

El FC Barcelona no acaba de dar con la tecla argumental para proteger su marca ante el Tribunal General de la Unión Europea (UE). El organismo ha desestimado el recurso presentado por la entidad que preside Josep Maria Bartomeu, contrario al registro de Kule como marca comunitaria para productos de joyería, maletas, ropa y calzado. El club defendía que se asemejaba demasiado al concepto "culé", que se utiliza habitualmente en España para referirse al mismo.

 

La corte comunitaria considera que la entidad ha probado que este término se utiliza para referirse al equipo y sus aficionados, pero que no ha quedado suficientemente probado el uso efectivo de esa denominación como marca anterior a Kule para los productos afectados. La empresa estadounidense que tiene este nombre por marca solicitó su registro en abril de 2011 y en noviembre de ese mismo año el club se opuso al registro, argumentando que ya había registrado la denominación "culé" para los mismos artículos que la firma: joyería, bisutería y relojería, cuero e imitaciones de cuero, maletas, paraguas y sombrillas y ropa, calzado y sombreros, entre otros.

 

El Barça considera que su aceptación puede acabar provocando un riesgo de confusión entre ambos términos y los productos y servicios designados, según Efe. La división de oposición de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (Euipo) desestimó ese recurso, pero el club recurrió esa decisión antes la sala de recurso de este organismo. Nuevamente se desestimó en junio de 2014 por presentar fuera de plazo las pruebas, que además seguían sin demostrar el uso efectivo de la marca.

 

Entonces se volvió a recurrir la decisión, esta vez ante el Tribunal General, que en su sentencia de hoy ha dado la razón a al Euipo y ha desestimado de nuevo el recurso del club. Una decisión idéntica a la que tomó el pasado mes de diciembre, cuando rechazó el recurso presentado para registrar la silueta de su escudo. En la sentencia se impedía esta solicitud al considerar que el signo “no permite que los consumidores identifiquen el origen comercial de los productos y servicios”. Es decir, que considera que un consumidor no identificará al Barça sólo por la forma del escudo.