Entorno

Ley del Deporte: un modelo de SAD que da la espalda a la bolsa

Los expertos consideran que algunas exigencias recogidas en el anteproyecto para estas sociedades suponen trabas a hipotéticas salidas a bolsa o emisiones de deuda.

Palco23

11 dic 2019 - 04:57

Los expertos consideran que algunas exigencias recogidas en el anteproyecto para estas sociedades suponen trabas a hipotéticas salidas a bolsa o emisiones de deuda.

 

 

En una misma semana, una empresa que cotiza en bolsa puede ver cómo hasta cuatro inversores sobrepasan una participación del 5% y vuelven a estar por debajo de ese umbral en cuestión de horas. Es lo que tiene la fluctuación de los valores bursátiles, pero es un aspecto que puede dar de bruces cuando se trata de una entidad deportiva en España. Especialmente si sale adelante el anteproyecto de Ley del Deporte que se presentó a principios de año.

 

“Explicaría por qué entidades deportivas españolas llevan cierto retraso respecto a otras que sí han accedido al mercado de capitales con la emisión de deuda y valores”, expuso ayer Alfonso Bayona, socio de Cazorla Abogados, durante el cuarto Encuentro LaLiga de Derecho del Deporte 2019-2020.

 

El letrado desgranó los distintos modelos de sociedad anónima deportiva (SAD) que propone la futura legislación tal y como está redactada, y que en su opinión y la de Alberto Palomar, profesor titular acreditado (Aneca) de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III de Madrid, no resuelve problemas que ya plantea el redactado actual.

 

Bayona consideró que existe “poca trascendencia práctica” entre las diferentes estructuras societarias que se introducen en el redactado de la futura ley, que al margen de la SAD actual incluyen las sociedades de responsabilidad limitada y las comanditarias. Y la razón es que a nivel de exigencias de capital y gobernanza se les imponen las mismas condiciones.

 

El abogado indicó que el Gobierno “prohíbe prácticamente la creación de grupos empresariales” en torno al deporte, pues se amplía a las competiciones profesionalizadas el hecho de poder convertirse en mercantil. “Genera cierta duda si el legislador ha querido prohibir grupos con diferentes entidades para distintas modalidades; actualmente, parece vetado”, insistió.

 

Por otro lado, comentó las trabas que supone la futura Ley del Deporte para un club que quiera salir a bolsa o lanzar una emisión de bonos. “Quizás fuera suficiente con notificación de cambios en una participación significativa”, abogó, frente a la obligación de tener que informar a las autoridades cada vez que se produzca un cambio de accionistas que superen el 5% del accionariado.

 

Antes de su intervención, y como es habitual, Alberto Palomar, profesor titular acreditado (Aneca) de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III de Madrid, abrió la jornada para analizar la actualidad, como la venta de unidad productiva del Córdoba CF, la rebaja de la sanción al Chelsea FC o la licitación de la Rfef para los derechos vinculados a las apuestas. 

 

Después, Antonio V. Sempere, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Rey Juan Carlos, hizo un análisis de las principales noticias de la actualidad referente a la jurisprudencia más destacada. La sesión la cerró Salvador Ruiz, director de Equipo Económico, quien analizó “la tributación de los deportistas en Italia y algunas cuestiones conexas”.