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La Audiencia de Barcelona da la razón a Laporta en la acción de responsabilidad

El juez desestima el recurso presentado por el FC Barcelona y avala el fallo del Juzgado de Primera Instancia, que consieraba que, si bien el periodo 2003-2010 arrojó beneficios, no se acreditó que sean atribuibles a la anterior junta.

Palco23

25 may 2017 - 14:11

Nuevo revés judicial para Sandro Rosell. El expresidente del FC Barcelona, detenido por un presunto delito de blanqueo de capitales, ha visto hoy como la acción social de responsabilidad que promovió nada más aterrizar en el club en 2010 ha quedado en nada. La Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso presentado por la entidad contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que consideraba que no se podían exigir responsabilidades económicas a Joan Laporta y su junta porque no se pudieron acreditar algunas partidas de la reformulación.

 

El fallo supone que Rafa Yuste, Elena Fort, Xavier Sala i Martín, Josep Ignasi Macià y el propio Laporta no tendrán que avalar con su patrimonio para devolver los 47,4 millones de euros que se les reclamaba por las pérdidas que teóricamente había sufrido el Barça durante el anterior mandato presidencial, que fue de 2003 a 2010. Un reguero de números rojos al que se llegó tras una reformulación de cuentas que quedó en entredicho.

 

La sentencia del juez José Manuel Martínez Borrego daba la razón a la actual directiva en su decisión de restar a las cuentas de la junta saliente los ingresos que se anotó por la venta de una parcela en Sant Joan Despí que no estaba formalizada (14,6 millones), una prima de Mediapro que debía periodificarse (12 millones) y un juicio contra el jugador Raúl Baena (3,9 millones) que no se había ganado. También avaló que le cargaran la amortización de 8,2 millones de euros por el traspaso de Henry a coste cero.

 

Lo que no aceptó es que se cargara a los anteriores gestores la depreciación de 11,5 millones a los terrenos de Viladecans (Barcelona). El juez consideraba probado que la pérdida de valor de este activo respondía a la decisión de los actuales directivos de enterrar ese proyecto. Tampoco avala que se provisionaran 3,25 millones por el riesgo de impago de un premio por el concurso de acreedores de Mediapro, ya que entonces también debería haberse realizado lo mismo con el contrato de derechos audiovisuales (140 millones al año). “O era razonable provisionar todas esas cantidades, o no era razonable provisionar ninguna”, sentenciaba.

 

Pero la clave de todo este juicio, y lo que realmente ha salvado a Laporta y sus directivos de pagar, es un error de la defensa del FC Barcelona en el proceso. El juez decidió no tener en cuenta la provisión de 37,8 millones por el litigio de Sogecable para calcular los números rojos del último año del laportismo. La junta actual desveló durante el juicio que con posterioridad a la reformulación de cuentas se alcanzaron pactos con el operador, entonces ya en manos de Prisa, para rebajar la cifra a pagar con la compensación de saldos pendientes de pago entre las dos partes. Martínez Borrego considera que no quedó “debidamente justificado” el impacto de esas transacciones en la provisión que Rosell cargó a sus sucesores, y por lo tanto no la tiene en cuenta para emitir su fallo.

 

Sobre esta cuestión, el Barça ha apuntado en un comunicado que "la sentencia confirma también que el único motivo por el cual no prosperó la demanda [...] es porque, a criterio del juez, que el club no comparte, no quedaron suficientemente acreditadas algunas de las partidas que configuraban el total de las pérdidas reclamadas y pagadas por el club".

 

En el mismo, se añade que "la voluntad de la actual junta directiva no ha sido la de reclamar ninguna responsabilidad económica a los exdirectivos demandados, sino obtener un precedente en relación con estos criterios, para evitar la actual situación de incertidumbre y de inseguridad jurídica. La Audiencia argumenta que, habiendo desistido de la petición de la condena económica, no es necesario entrar a tratar la cuestión planteada por el club".

 

Por otro lado, celebran que el fallo "confirma, una vez más, que las cuentas presentadas por la Junta Directiva saliente que cerró el ejercicio 2009-2010 eran defectuosas y que la reformulación efectuada por la Junta Directiva entrante, y aprobados por los auditores, que dio como resultado unas pérdidas de más de 79 millones de euros, es la correcta".

 

La decisión de la Audiencia Provincial no afecta a los otros directivos que formaron parte de la junta de Laporta, ya que en enero habían alcanzado un acuerdo extrajudicial con el club. El pacto, que los socios aprobaron en una asamblea extraordinaria, consistió en retirar el recurso y a cambio de que ellos desistieran de su impugnación. Además, la aseguradora Zurich abonaba 3,2 millones de euros para cubrir las costas del litigio iniciado en 2010 y otros 3 millones como indemnización al club.